miércoles, 14 de diciembre de 2011

Basta de Impunidad....



No es pasión, es un crimen.....

El femicidio es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres, es el asesinato cometido por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad.

¿Qué es el “crimen pasional”? Es el homicidio cometido entre marido y mujer, concubina y concubino, novio y novia, parejas anteriores, amantes, etc. Hoy en la Argentina, el 78% de estos homicidios son cometidos por hombres contra mujeres.

El concepto de “crimen pasional” muchas veces está sostenido por los medios de comunicación: en una pareja, en un matrimonio o en un noviazgo, no resulta “normal” la culminación de la relación con la muerte de uno de sus miembros. Sin embargo, esto sucede, y cada vez más.

Pensar que un crimen es “pasional” resulta más “tolerable”, ya que muchas veces resulta justificado y se invierte la carga de la prueba y se comienza a investigar a la víctima, y no al agresor. Así, la víctima queda en un estado de indefensión absoluta, vulnerando todos sus derechos humanos.

Los episodios de violencia contra la mujer no tienen otra historia válida que la propia historia personal del agresor. El acto violento expresa la presunción de legitimidad de quien lo ejerce. Se tiende a reforzar falsos mitos referidos a la violencia, tales como: “si se queda es por que le gusta”, “algo le habrá hecho” o “hay amores que matan”. La manifestación de la violencia sin castigo, permitida, casi alentada es lo que habilita y refuerza estas muertes.

Por eso, es momento de hablar, concientizar, prevenir y despejar esta oscuridad, esta negación. Como sociedad, tenemos la responsabilidad de actuar y de requerir la tipificación del femicidio como agravante en el Código Penal de la Nación.

El hombre violento crea en la realidad de la víctima el sentimiento de que él la golpea porque “la ama demasiado”. Golpea y luego pide perdón, se arrepiente. Le dice y le “demuestra” “cuánto la ama” en una situación repetida una y otra vez, donde la violencia vuelve a emerger y vuelve a castigar. Este denominado “círculo de la violencia” (golpe-arrepentimiento-luna de miel-golpe), sólo se corta si hay un cambio cultural, social, jurídico y político

Decir violencia contra la mujer, decir hombre golpeador, decir asesino, no es lo mismo que decir “criminal apasionado”. Por el contrario, expresarlo de semejante forma es protegerlo, disculparlo y dejarlo impune. Si las normas jurídicas estuviesen a la altura de las circunstancias, esto permitiría que la gran mayoría de los femicidios no queden impunes, siendo condenados con la veracidad de los hechos. Esta acción positiva de impartir justicia implicaría a largo o mediano plazo el develamiento de los mitos que en relación a la violencia de género aún están vigentes en la sociedad.

En el proyecto presentado por el Centro de la Mujer de Vicente López se solicita sustituir el artículo 80 del Código Penal, incorporando el delito de femicidio íntimo (en el inciso primero) y el femicidio público (en el inciso cuarto) agregando el agravante por el género. Por último, incluyendo el nuevo tipo penal del inciso once (a una mujer, por su sola condición de tal). Además, en el inciso primero se agrega como sujeto a los concubinos y/o a cualquier relación de pareja, ya sea presente o pasada.

En la actualidad argentina, no existen estadísticas sobre femicidio. Existe un informe del Observatorio de Femicidios de la Sociedad Civil “Adriana Marisel Zambrano”, la organización efectúa cada año un relevamiento y seguimiento de los casos que aparecen publicados en agencias de noticias y en 120 diarios. Estos informes reflejaron que, desde el 1° de enero al 30 de junio del año 2010, se registraron 126 femicidios de mujeres y niñas y otros seis denominados “vinculados”, de hombres y niños.

Las provincias con mayor incidencia fueron: Buenos Aires (43 casos), Santa Fe (12 casos), Córdoba (11 casos), Entre Ríos (9 casos), Misiones (6 casos), San Luis, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Santiago del Estero (5 casos en cada una), Mendoza, Corrientes y Chaco (4 casos en cada una), Catamarca y Salta (3 casos en cada una), La Pampa, Tucumán, Río Negro, Chubut y Neuquén (2 casos en cada una), y La Rioja y Formosa (1 caso en cada una). Lo llamativo es que, del total de casos, 99 fueron cometidos en el círculo afectivo o cercano y sólo 27 sin vínculo aparente. De ellos, 43 fueron cometidos por ex esposos, concubinos o novios.

La Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación refiere que las denuncias de violencia de género aumentaron un 75% en dos años, de 375 casos del año 2009 a 657 casos al año 2010, y el 78% de los casos las víctimas son mujeres.

En el año 2010, se comprobó un aumento del 12,5% con respecto a lo arrojado en el año 2009: 260 femicidios de mujeres y niñas, y 15 homicidios de hombres y niños.

En la Provincia de Buenos Aires, contamos con la Ley 12.569 de Violencia Familiar y, en el orden Nacional, existe la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que ha sido un gran avance en materia de violencia de género.

La violencia de género de las mujeres afecta los bienes jurídicos fundamentales como la vida, la integridad física, psíquica, económica y la libertad sexual, etc. Más aún, se halla implícito en este delito la discriminación, la subordinación y la desigualdad de poder de las mujeres víctimas.

Así, el Centro de la Mujer de Vicente López intenta acompañar este cambio, en defensa de los derechos humanos de las mujeres.

Silvia Paola Viqueira, abogada penalista especializada en temáticas de violencia familiar, del Centro de la Mujer de Vicente López.

www.entremujeres.com

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